Comunicado ante la situación creada en el seno de la Junta Pro-Semana Santa

A LOS MIEMBROS DE LA JUNTA PRO-SEMANA SANTA,
A LOS SEÑORES PRESIDENTES
Y A LOS SEÑORES CAPELLANES
DE LAS COFRADÍAS DE SEMANA SANTA


Ante la situación creada en el seno de la Junta Pro-Semana Santa, y ante los últimos acontecimientos que han tenido lugar en el Museo de Semana Santa, con el ánimo de contribuir a la solución satisfactoria de los problemas surgidos, apelando a la buena voluntad de las partes, pretendiendo transparencia en los planteamientos y con los mejores deseos de querer resolver las dificultades inherentes, y movido por el deber de dar respuesta a la petición de la comunidad eclesial, como Ordinario del lugar aclaro y dispongo:

1) Las procesiones de Semana Santa expresan el sentimiento religioso de un pueblo. Nacen de la fe cristiana y manifiestan públicamente en la calle lo que se celebra en el templo: los misterios de la Pasión, Muerte y Resurrección del Señor.

2) De manera inveterada nuestros antepasados nos han ido transmitiendo el rico tesoro religioso, artístico y cultural de la Semana Santa de Zamora. Este Obispado valora y quiere cuidar con celo este patrimonio como expresión de la tradición viva de la Iglesia.

3) En orden a lo anterior, este Obispado no puede aceptar y, en consecuencia rechaza, cualquier medida de presión para la resolución de los problemas. Entiendo, por ello, que el camino es el diálogo sincero, basado en el respeto mutuo y en la caridad evangélica, así como en la aceptación por parte de todos de las normas del derecho común y de los Estatutos, de los acuerdos y las decisiones válidamente tomadas. Las medidas de presión son contrarias al espíritu cristiano, que debe imperar en y entre las cofradías, perjudican gravemente a la Iglesia, van en detrimento de las mismas cofradías y causan otros perjuicios para la ciudad y la sociedad zamoranas.

4) En este sentido, y a tenor del art. 19, g de los Estatutos de la Junta Pro-Semana Santa, debemos recordar que en caso de conflicto entre cofradías, el camino establecido es el recurso al obispo diocesano. En diversas ocasiones se ha hecho uso del mismo con la acogida y la atención oportunas. Se nos escapan las razones por las que en este caso no se ha hecho uso de este derecho. Más aún, en la actuación en el Museo de Semana Santa y con el cubrimiento de los pasos de la misma allí depositados por parte de las cofradías de la Santa Veraz Cruz, Jesús Nazareno y el Santo Entierro se ha violado el art. 2, g de los Estatutos de la Junta Pro-Semana Santa y, en consecuencia, no se ha no se ha actuado conforme a derecho. Por ello, dispongo, que en plazo de veinticuatro horas, a partir de este escrito, las directivas de las cofradías mencionadas procedan a descubrir los pasos que fueron tapados el pasado veintitrés de octubre. Del cumplimiento o incumplimiento de esta disposición, queda responsabilizado el Presidente de cada una de las citadas cofradías en relación con sus pasos. Espero y deseo su cumplimiento.

5) El Acuerdo de fecha 3 de abril de este año, firmado por los miembros de la Junta de Gobierno de la Junta Pro-Semana Santa y los representantes de las cofradías de la Santa Vera Cruz, Jesús Nazareno y El Santo Entierro, con la mediación del Obispado, y ratificado por la firma del Vicario General, sigue siendo válido y vinculante para la Junta Pro-Semana Santa y para las Cofradías firmantes.

6) Por tanto, a tenor del citado Acuerdo, y en razón del art. 38 de los Estatutos de la Junta Pro-Semana Santa, queda invalidado y sin efecto cualquier acuerdo o decisión tomados con posterioridad, que sean contrarios al Acuerdo del 3 de abril. Es responsabilidad del Presidente de la Junta Pro-Semana Santa velar por el cumplimiento de dicho Acuerdo.

7) Por ello, atendiendo a los art. 15 y 17 de los Estatutos de la Junta Pro-Semana Santa, se urge a que en el plazo de quince días, a partir de la fecha de la firma de este escrito, a propuesta de la Junta de Gobierno de la Junta Pro-Semana Santa, el Consejo Rector de la misma formule los criterios oportunos sobre las partidas de gastos en orden de prioridades, a incluir en los presupuestos, determinando el porcentaje de gastos que corresponderá a cada una de las partidas. Asimismo, formulará, también, el correspondiente listado de ingresos para cubrir las partidas de gastos previstos. Para la formulación de estos criterios se tendrán en cuenta, además del Acuerdo del 3 de abril, los propios Estatutos de la Junta Pro-Semana Santa y, en concreto, los referidos a los fines fundamentales de la Junta (art. 2, a, c, e, f, g); derechos de las cofradías (art. 19, b, c, d); recursos económicos (art. 21) y equilibrio presupuestario (art. 22).

8) Por todo ello, exhorto a todos los representantes de las cofradías a que asistan a las correspondientes convocatorias que haga la Junta de Gobierno de la Junta Pro-Semana Santa. Las decisiones tomadas válidamente serán vinculantes para todos, también para los ausentes legítimamente convocados. Espero y deseo del buen hacer de todos, que el entendimiento sea posible. En caso de que no fuera así, el Ordinario ofrecerá criterios para un adecuado reparto de los presupuestos en función de las necesidades y según las posibilidades.

9) En conformidad con los art. 9, b, 15 y 23 de los Estatutos de la Junta Pro-Semana Santa, corresponde al Consejo Rector de la mencionada Junta formular los presupuestos anuales, previa propuesta de la Junta de Gobierno, para su presentación –y aprobación, si procede- a la Asamblea General. En todo ello, habrán de ser observados el derecho común y estatuario, concretamente los cánones 305, 319 y 1276 del CIC.).

10) Tanto la Iglesia diocesana como la sociedad zamorana esperan de todos y cada uno de los responsables, a los que afecta este escrito, que más allá de otros intereses, y desde la buena voluntad a favor de la Semana Santa, encuentren las soluciones adecuadas.

En Zamora, a 26 de octubre de 2004

Fdo.: Juan-Luis Martín
Vicario General de la Diócesis de Zamora

 

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Miguel-Ángel Hernández Fuentes
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